Registro de la jornada a tiempo parcial

Te contamos qué debes de hacer para poder llevar el registro de la jornada a tiempo parcial y no incurrir en sanciones que pueden ir desde los 60 euros hasta los 6.000 euros.

Te recordamos la obligatoriedad de llevar a cabo el registro de la jornada a tiempo parcial para este tipo de contratos. La Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social tiene como objetivo con esta campaña, aumentar el control sobre las empresas para que no haya infracciones en cuanto al tiempo de trabajo y las horas extraordinarias.

En un principio, la Inspección de Trabajo obligaba al registro de la jornada de todos los tipos de contrato, pero una reciente sentencia del Tribunal Supremo rectifica este criterio .

Tras la Sentencia del Tribunal Supremo la obligación de las empresas es la siguiente:

  • Es obligatorio el registro de la jornada a tiempo parcial, debe entregarse copia al trabajador, junto con la nómina.
  • Es obligatorio llevar el registro exhaustivo de las horas extras realizadas.
  • Si se han realizado horas extraordinarias, al final de mes es obligatorio que la empresa lo comunique al trabajador y a los representantes de los trabajadores.

El incumplimiento de esta sentencia puede acarrear las siguientes sanciones:

  • Si el incumplimiento es por temas documentales la sanción podría ser entre 60€ y 625€ por infracción leve.
  • En el caso de incumplimiento en tema de jornada laboral, la multa sería a partir de 626€ hasta 6.250€.

De momento no hay un modelo oficial de registro de la jornada a tiempo parcial y las empresas son libres de elegir la forma de hacerlo. No te olvides de llevar bien organizada toda la información, puedes descargarte nuestra plantilla de registro.

¿Cómo te podemos ayudar?

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